Ángela Brígido // La Agencia Tributaria Estatal implantó el 1 de julio de 2017 el Suministro Inmediato de Información (SII). Hasta el momento, el SII sólo ha afectado a los sujetos pasivos de IVA. Tras un año de su entrada en vigor, Canarias se suma a este proyecto. Ahora los empresarios  podrán suministrar los detalles de facturación grabados por IGIC a través de la Agencia Tributaria Canaria (ATC). ¿Cómo se va a realizar la gestión del IGIC en el SII? Te lo explicamos.

La regulación de este sistema viene recogida en el artículo 49 del Reglamento de gestión de tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias en el Decreto 111/2018, de 30 de julio, que modifica el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, y entre los cambios más relevantes que conllevará la aplicación del SII en Canarias se encuentran:  

  • Con carácter obligatorio se verán afectados a tramitar por este medio los detalles de facturación: 
    • Sujetos pasivos inscritos en el Régimen de devolución mensual (REDEME). 
    • Grandes empresas cuyo volumen de facturación hubiese excedido 6.010.121,04 €. 
    • Grupos de entidades de IGIC. 
  • El plazo de registro de las operaciones se limitará a cuatro días naturales siguientes a la expedición de la factura, en cuanto al libro registro de facturas emitidas se refiere; y cuatro días naturales desde la fecha en que se produzca el registro contable de la factura o DUA, en facturas recibidas. En todo caso, el suministro deberá realizarse antes del día 16 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo del Impuesto correspondiente a la operación que debe registrarse, excluyendo el cómputo de sábados, domingos y festivos.  

La entrada en vigor de este sistema en Canarias se produce el día 1 de enero de 2019. No obstante, la ATC dota al contribuyente durante el primer semestre de 2019, de una ampliación en el plazo de remisión de los registros de facturación de cuatro días, proporcionando un margen de suministro de ocho días naturales. Además, los contribuyentes afectados disfrutarán de ciertas ventajas tales como:  

  • Exoneración de declaraciones informativas (415, 416, 425 y 340). 
  • Ampliación del plazo de presentación de autoliquidaciones mensuales, pasando de los veinte primeros días naturales del mes siguiente al correspondiente período de liquidación mensual, al mes natural siguiente.  
  • Comprobación de datos fiscales suministrados por la empresa, así como los comunicados por la contraparte de la operación registrada. 

Solución para gestionar IGIC en el SII 

Desde Opentix, te queremos acompañar en el proceso de adaptación a la nueva normativa. Como Gold Partner de Openbravo contamos con experiencia en la materia y disponemos de una solución a medida que se ajusta al nuevo método de gestión digital de impuestos a través del SII. 

Esta solución se integra con el área financiera de la empresa permitiendo: 

  • Realizar altas y modificaciones de forma automática o manual, de los registros de facturación. ¿Cómo? Mediante envíos vía web service basado en el intercambio de mensajes XML. 
  • Gestionar la respuesta de la ATC respecto a cada tipo de comunicación. 
  • Consultar el estado de la información suministrada. 

Gracias a la automatización de envíos, la empresa podrá gestionar el impuesto sin interrumpir la operativa diaria en la gestión de facturación de una forma sencilla y transparente aportando una información fiable y de calidad.  

La funcionalidad contempla distintas medidas de control de la situación de los registros que graba el IGIC, entre ellas: 

  • Monitor diseñado para recoger una relación de los detalles de facturación. El usuario podrá gestionar y realizar envíos masivos de facturas emitidas/recibidas a SII y obtener un resumen del estado en el que se encuentran. 
  • Ventana habilitada para ejecutar consultas en las que conecta directamente con la ATC disponiendo de una opción de filtrado por libro y periodo de liquidación con el fin de que la empresa siempre esté al día de la situación del proceso de contraste de los datos suministrados con los de la contraparte. 

¿Quieres saber más acerca del SII en Openbravo? No dudes en contactar con nosotros para informarte.